Negación a tratamiento

Ámbito del caso
atención primaria, atención especializada
Motivo de consulta
diarrea, síndrome constitucional, heces melenicas.
Historia Clínica
Varón 69 años,HT, DM, anemia ferropenica, que en el transcurso de dos semanas acude varias veces a urgencias por cansancio generalizado, diarrea con sangre de carácter melenico, pérdida ponderal y cambio en hábito intestinal. En analítica sanguínea se constata Hb 8.8, lo cual refiere tener anemia desde hace 3 años. Exploración física: palidez generalizada, PINLA MOEC resto de pares craneales normales. ROT presentes y simétricos, romberg negativo. No disdiadococinesia No signos meníngeos ni otra focalidad neurológica. AC: normal, AR: MVC en ambos campos pulmonares; Abdomen: blando, depresible , globuloso sin megalias. Levemente doloroso a la palpación en flanco derecho. No signos de peritonismo. Es ingresado en servicio de digestivo para estudio de melenas y sospecha de neo de colon derecho vs hemorragia digestiva alta Juicio clínico: Neo de colon Tras estudio con las pertinentes pruebas complementarias fue diagnosticado de Neo de colon ascendente con metástasis hepáticas en segmento IV-V siendo intervenido quirúrgicamente realizándose resección hepática atípica de segmentos, colecistectomía y hemicolectomia derecha ampliada Al paciente, se le plantea realizar tratamiento Radioterápico y/o quimiterapico, rechazandolo aun siendo consciente de metástasis hepáticas y aceptando el proceso. Evolución: durante los dos años siguientes al diagnóstico el paciente ha tenido buena calidad de vida realizando normalmente actividades de la vida diaria. En el presente año acude a la consulta por ictericia, prurito e intenso cansancio. Tras entender que es debido al avance de enfermedad acepta consulta con paliativos, donde tratan síntomas (luminal para prurito), morfina para dolor abdominal. En la semana siguiente tras deterioro importante se procede a sedación paliativa tal como quería él y su familia. Exitus a los 4 días de sedación.
Conclusiones (y aportación para el Médico de Familia).
La ley General de Sanidad reconoce ( art 10.9) el derecho del paciente a negarse al tratamiento médico. Es necesario que los profesionales entiendan el cambio cultural que representa el hecho de que ya no pueden actuar sobre una persona sin su consentimiento ya que todo el mundo tiene derecho a la integridad y a la libertad de elección.
Palabras clave
Cuidados Paliativos. Ultimas voluntades

Autores de la comunicación

María Pedrosa Arias
Médico de Familia. Centro de Salud La Zubia. Granada.

Lucía Alberdi Martín
Médico residente de 4º año de Medicina Familiar y Comunitaria. Centro de Salud La Zubia. Granada.

Purificación Alguacil Cubero
Médico de Familia. Centro de Salud La Chana. Granada.

Póster